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lunes, 23 de junio de 2014

ESPAÑA CAMPEONA DEL MUNDO EN... ¡AFORADOS! : Hay 10.000 entre politicos y jueces - En Alemania, Reino Unido y Estados Unidos ¡Ninguno! es decir ¡CERO-NADIE!






Fuente: Consejo General de Poder Judicial.
Uno como español siente vergüenza por la cantidad de personas que por su cargo, tienen privilegios ante la Justicia, cerca de 10.000 personas, somos campeones entre los países democráticos en conceder privilegios a políticos y jueces ¡claro a sí cualquiera! ¿Cómo no vamos a ser también campeones en Corrupción? si no me van a juzgar porque soy un privilegiado/aforado, puedo meter mano en el dinero de los españoles ¡vamos  que puedo robar para mi y para todos mis compañeros de manera impune!  


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    Hay casi 10.000 aforados: 2.300 son políticos, y 7.578, miembros del ámbito judicial. Tienen protección legal durante el ejercicio de su cargo. Después, lo pierden. El rey es de por vida.
En Alemania, Reino Unido y Estados Unidos no existe esta figura. En Italia solo lo es el presidente de la República y en Francia, además de él, también lo es el primer ministro y su gobierno.




Un aforado tiene el derecho de ser juzgado por un tribunal distinto al que correspondería a un ciudadano normalFrancia reserva esta figura al presidente de la república, el primer ministro y sus ministros. En Italia solo lo es el primero, de ahí que Berlusconi, como primer ministro, se haya paseado por la mitad de los tribunales ordinarios del país. Alemania, Reino Unido y Estados Unidos ni siquiera la contemplan  porque vigilan al detalle que todos los ciudadanos sean iguales ante la ley, sean cargos públicos o no. En España, en cambio, hay 10.000.
Este lunes, el Congreso de los Diputados empieza a tramitar uno más. El de don Juan Carlos, que perdió su inviolabilidad como rey tras su...
abdicación. En 15 días, según ha previsto Mariano Rajoy esta mañana, el anterior monarca será aforado. Solo podrá ser juzgado por el Tribunal Supremo en el caso de que fuese imputado por algún delito, al igual que la reina Sofía, la reina Letizia y la Princesa de Asturias.
¿Y qué pasa si denuncian falsamente al antiguo monarca? “El aforamiento solo implica que la persona aforada será juzgada por un tribunal superior que el que juzga a cualquier ciudadano. No tiene efectos en el denunciante”, explica Juan Ignacio Sanz, abogado penalista. En el caso de que la denuncia sea falsa, el denunciante estaría cometiendo un delito contra el derecho al honor y a la imagen de don Juan Carlos, como en cualquier caso. “Con la diferencia de que al tratarse de una persona relevante, el daño tendría mayor difusión, por lo que el denunciante se enfrentaría a penas mayores”, explica.
El aforamiento del antiguo monarca será de por vida, a diferencia del de los políticos y miembros del ámbito judicial, que son aforados solo cuando están en el cargo. Esto no ocurre en Europa. En Bélgica y Holanda, por ejemplo, el rey solo  tiene protección legal cuando está en el trono. Después, la pierde y tiene los mismos derechos legales que cualquier ciudadano de a pie.
Aforamiento: ¿privilegio o no?
En abril, el Consejo de Ministros ya aprobó un anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que permitía que la Reina Sofía y los príncipes de Asturias tuviesen el mismo tratamiento judicial que otros altos cargos, como el presidente del Gobierno, sus ministros, diputados y senadores y la cúpula judicial. La intención del Ejecutivo en aquel momento era la de mantener a los aforados que ya contemplaba la legislación e incluir en esta lista “al rey consorte, al consorte de la reina y al príncipe y su consorte”. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, añadió que el aforamiento no era un privilegio, sino “un instrumento para aumentar la seguridad jurídica sobre personas que el legislador entiende que deben ser objeto de una tutela”.
Pero hay diferencia de opiniones. Los que defienden la figura del aforado alegan que no es una ventaja, sino todo lo contrario, porque al ser juzgados directamente por un tribunal superior pierden el derecho que tienen todos los ciudadanos de recurrir ante una institución más elevada en caso de que el veredicto del juzgado de primera instancia le haya sido desfavorable. Explican que el aforamiento de un cargo público se justifica porque evita las posibles presiones políticas a las que puede verse sometido un tribunal ordinario cuando lo juzga, porque entienden que un tribunal superior es más independiente ante estas presiones.
Y esta es la razón por la que el aforamiento causa suspicacias entre los críticos: “son los propios parlamentarios quienes pactan la composición de estos tribunales superiores, a diferencia de lo que ocurre con las salas ordinarias, más alejadas del legislativo”, explica Juan Ignacio Sanz.
¿Quiénes son los aforados?
2.300 son políticos. Entre ellos, el presidente del Gobierno y los ministros, que serán juzgados por el Tribunal Supremo; los presidentes autonómicos y los consejeros de los ejecutivos de las Comunidades Autónomas, que tienen que ser juzgados también por el Tribunal Supremo o los Tribunales Superiores de Justicia, en función de lo que determinen sus Estatus de Autonomía; los presidentes del Congreso y del Senado, los diputados y senadores, los presidentes de los parlamentos autonómicos y sus parlamentarios. También, el presidente y consejeros del Tribunal de Cuentas, el presidente y consejeros del Consejo de Estado y el Defensor del Pueblo.
Los eurodiputados también están aforados. Sanz pone un ejemplo: “A Elpidio Silva se le acusó de querer únicamente el aforamiento como eurodiputado cuando decidió presentarse a las elecciones europeas”.

7.578 miembros del ámbito judicial también tienen aforamiento, 5.171 jueces y 2.407 fiscales. El presidente del Consejo General del Poder Judicial, el del Tribunal Supremo, el del Tribunal Constitucional y los vocales del Consejo General del Poder Judicial. En caso de delito, todos ellos responderán ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.  Todos los jueces, magistrados y fiscales, también aforados, lo harán en los Tribunales Superiores de Justicia.
¿Dónde está recogido este derecho?
La Constitución reconoce el aforo tanto a los miembros del Gobierno como el de los diputados y senadores, mientras que la Ley Orgánica del Poder Judicial recoge este derecho para los miembros del ámbito judicial como el presidente del Tribunal Supremo y los distintos Estatutos de Autonomía para los cargos de las comunidades autónomas.
Leer más:  España, paraíso de aforados  http://www.teinteresa.es/espana/Espana-paraiso-aforados_0_1162085634.html#WaQ1OV4vkTyOjYL0

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